La bicicleta eléctrica es una necesidad de pedaleo, esto no necesita un carnet como para conducir, ni seguro ni nada de esto porque es que prácticamente es  como una bicicleta tradicional, pero no todo es tan fácil como parece tu bicicleta eléctrica debe de adoptar unas características o requisitos para no necesitar nada de estos papeles legales.

  1. El motor no debe de superar los 250W con respectó a su potencia.
  2. Puedes estar recorriendo a una velocidad máxima de 25km/h
  3. Además que su peso no debe exceder los 40 kg

El funcionamiento de la bicicleta debe ser como la normativa, no lleva acelerador si pedaleas la bicicleta accionara al motor y cuando pare este automáticamente frenara o en caso que necesites presionar el freno.

Existen ciertos planes de ayudas como es el caso del PIMA AIRE 2 este que podemos conseguir en España, disponible para carros eléctricos y bicicletas eléctricas, pueden estar rondando los 200 euros de ahorro.

Ahora sepamos que existen lugares que ahí demasiado tráfico,  por tanto una velocidad no puede estar superando a la media que está rondando en los 22 km/hr  al tener conocimiento de esto nos daremos cuenta de que el ahorro económico es muchísimo, tanto en combustible, en lo que necesitamos para mantener el coche además de toda la contaminación que ocasionamos con los medios de transporte que aportan gases tóxicos a la atmosfera.

Veamos ¿En la ciudad, por donde pueden circular las bicicletas?

Está estipulado que alrededor de las ciudades, las bicicletas eléctricas y convencionales están circulando por el carril de la bici en caso de que este existe, si no pueden optar por la calzada que encuentran en la parte donde están los otros transportes mecanizados.

Los ciclista además en muchas partes de la ciudad podemos decir la mayoría tienen su señalización de tránsito, de por donde es frecuentemente y comunes sus recorridos. Si está prohibido, o es un lugar por donde no puede pasar entonces el ciclista tiene la responsabilidad de movilizar su bicicleta eléctrica como si este fuera un peatón.

Sin embargo se conoce en algunos ayuntamientos han dejado que las bicicletas puedan andar por la aceras, aunque encontramos tantos peatones como la asociación de conductores no están muy de acuerdo con estas ordenanzas municipales, porque se supone que va contra la ley en general que han sido ignoradas por los tribunales, que as lo permiten.

Pero, en que parte de la carretera pueden circulas las bicicletas

El arcén que se ubican en las carreteras interurbanas es el lugar de los ciclistas, pero si está en caso es transitable pueden andar debidamente parte de la calzada.

Aunque también dice que es obligatorio que donde no haya autovías las bicicletas deberán agarrar su curso por el arcén, que los ciclistas sean mayor a los 14 años de edad y no podrán frecuentar acá si encuentras señalizaciones de prohibición.

El recorrido del pelotón por la carretera.

La ley define la diferencia entre grupo y como pelotón, puedes circular perfectamente en grupo pero no en pelotón no puedes dejar espacio entre las bicicletas porque puede entrar un auto, y ocasionar una colisión o frenar de manera herrada y ocasionar un grave accidente.

Ten en cuenta siempre apegarte a los lineamientos que nos proporciona la norma, donde debes tener las precauciones necesarias, así como estar del lado derecho de la vía todo el momento que te sea posible.